Renovación de alquiler: si cambias la fecha, es considerado uno nuevo
Modificar la fecha de un contrato de renovación de alquiler puede invalidar su continuidad: se considerará un nuevo contrato. Descubre las implicaciones legales y cómo Adaix puede ayudarte a planificar y evitar errores
Un reciente caso judicial ha puesto en relieve un aspecto poco conocido sobre los contratos de alquiler: modificar la fecha al renovar puede llevar a que un contrato de continuidad se considere, jurídicamente, un contrato totalmente nuevo. Esto genera implicaciones de duración, prórroga y normas aplicables que todo propietario o inquilino debe conocer.
¿Qué ha dictado la justicia?
Una sentencia reciente en Madrid falló que, ante un error en la fecha de renovación (cambiada del 1 de abril al 1 de enero), el contrato no se trató como una prórroga, sino como uno nuevo bajo la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Esto obliga a respetar los plazos mínimos legales, impidiendo al dueño recuperar la vivienda hasta el año 2029.
¿Por qué un nuevo contrato y no una simple prórroga?
La LAU especifica plazos mínimos: 5 años para personas físicas y 7 para jurídicas. Cuando se renueva un contrato incorrectamente —ej. cambiando fechas— se pierde el “hilo contractual” previo, generándose un contrato nuevo con sus propias condiciones legales.
Prevención legal ante errores en fechas
- Verificar que la fecha de renovación coincida con el vencimiento formal del contrato; cualquier desajuste puede invalidar la prórroga.
- Usar correctamente los avisos previos: 4 meses para el propietario y 2 meses para el inquilino según normativa actualizada.
- Evitar ambigüedades: incluso un mes de desajuste puede desencadenar un problema legal grave.
¿Qué ocurre con los plazos y condiciones?
Si se considera un contrato nuevo, vuelve a imprimir vigencia mínima: 5 o 7 años según corresponda. Además, las prórrogas tácitas posteriores pueden seguirse aplicando, generando situaciones complicadas para ambas partes.
Normativa aplicable y actualizaciones
La LAU regula los plazos obligatorios (5/7 años) y las prórrogas (“tácita reconducción”) si no hay aviso de no renovación. El Real Decreto Ley de 2019 establece estos plazos, y la reforma de la Ley de Vivienda refuerza su aplicación, extendiendo estabilidad a los inquilinos.
Impacto en actualizaciones de renta
La actualización del alquiler debe ajustarse al índice IRAV (2,2 % en 2025) o, de lo contrario, al IPC/IGC según cláusula pactada. Un contrato considerado nuevo puede restablecer estas condiciones desde cero.
Consejos prácticos para evitar conflictos
- Revisa con detalle las fechas antes de firmar cualquier renovación.
- Confirma que el aviso previo se emite en los plazos legales (4 meses/2 meses).
- Si ajustas una renovación, formaliza por escrito sin alterar la fecha de fin del contrato original.
- Considera anexos al contrato original en lugar de un documento nuevo para evitar reinicio de plazos.
- Consulta con un experto legal si tienes dudas sobre la continuidad contractual.
¿Cómo puede ayudarte Adaix?
En Adaix ofrecemos asesoría personalizada para:
- Redacción y revisión de renovaciones contractuales.
- Seguimiento de actualizaciones legales y plazos de preaviso.
- Asesoramiento para evitar invalidaciones involuntarias.
- Propuestas de anexos, prórrogas y estrategias contractuales seguras.
Conclusión
Un simple cambio de fecha al renovar un contrato de alquiler puede desencadenar efectos legales inesperados: convertir una prórroga en un nuevo contrato con plazos renovados. La justicia ha dejado claro que los votos de formalidad importan. En Adaix, te ayudamos a gestionar tus contratos de forma segura, equilibrada y legal, asegurando tranquilidad para propietarios e inquilinos.
Enlaces externos relevantes
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Caso judicial en Pozuelo de Alarcón: contrato considerado nuevo (AS) Diario AS
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Plazos de preaviso tras reforma: 4 meses/2 meses (inmobiliarialuz.net, ModelosyContratos.com) inmobiliarialuz.netModelos y Contratos
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Condiciones para prórroga y normativa de Ley de Vivienda (as.com, HuffPost) Diario ASElHuffPost
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Introducción del IRAV y límite máximo de subida (2,2%) (El País, El País otro) El País+1
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