Nuevas ayudas del Gobierno para la rehabilitación energética de viviendas
Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, las nuevas ayudas del Gobierno para la rehabilitación energética de viviendas.
El Plan de recuperación energética destina 6.820 millones de euros a estas ayudas y las comunidades autónomas son las encargadas de gestionar las cantidades asignadas a cada una de ellas.
La gran novedad es que estas ayudas están exentas de tributar en el IRPF.
Las deducciones fiscales, se podrán realizar en la declaración de la renta del período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética al terminar las obras el cual se expedirá antes del 1 de enero del 2023.
Las deducciones fiscales y los avales Ico son algunas de las medidas más relevantes que incluye la lista de estas medidas.
La normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado incluye una línea Ico por importe de 1.100 millones de euros para cubrir parte de los costes de intervenciones y 450 millones para todas las deducciones fiscales.
Hay tres tipos de deducciones y ayudas, una para comunidades de vecinos y dos para las viviendas de particulares.
Y si la mejora es en edificios enteros, la deducción podría ser hasta el 60%. La base máxima de esta deducción será de 15.000€.
En cuanto a las reformas subvencionadas para rehabilitación en vivienda habitual que tengan un coste mínimo de 1.000€ y que rebajen un 7% del consumo energético, se puede tener una deducción del 20% desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 19/2020, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y resiliencia, hasta el 31 de diciembre de 2022. La base máxima anual de esta deducción será de 5.000 euros anuales.
Tendrán una deducción del 40%, las obras que supongan una disminución del consumo del 30% de energía no renovable en la vivienda habitual o mejoren la calificación energética a A o B, o de cualquier otra de su titularidad que tuviera arrendada para su uso como vivienda en ese momento o en expectativa de alquiler, siempre que en este último caso, la vivienda se alquile antes del 31 de diciembre de 2023. En este caso la base máxima anual de esta deducción será de 7.500 euros anuales.
Estas tres deducciones son incompatibles entre sí, en relación con la misma obra. Pero son compatibles la deducción del 60% por la inversión la rehabilitación de edificios con las deducciones del 20% o 40% por actuaciones en vivienda particular. Es decir que un mismo usuario puede beneficiarse de varias subvenciones si cumple con los requisitos establecidos para las distintas líneas de actuación del nuevo programa de rehabilitación de vivienda.