Alquiler Vacacional y de Temporada Nuevas Normativas 2025
alquiler vacacional

Alquiler Vacacional y de Temporada: Nuevas Normativas Obligatorias en 2025

A partir el 1 de julio de 2025, será obligatorio inscribirse en el Registro Único de Arrendamientos de Corta Duración para poder ofrecer cualquier tipo de alquiler vacacional o de temporada en España. Este sistema busca regular tanto el alquiler vacacional como el alquiler de temporada, garantizando seguridad jurídica y mayor transparencia en el sector.

 

¿Qué es el Registro Único de Arrendamientos de Corta Duración?

Se trata de un sistema obligatorio de inscripción para propietarios y gestores que alquilen propiedades por periodos cortos. Se creó para cumplir con el Reglamento (UE) 2024/1028, con el objetivo de:

  • Evitar el alquiler ilegal y mejorar el control tributario.
  • Proteger a los propietarios y arrendatarios mediante un marco regulador.
  • Garantizar que las viviendas cumplen con los requisitos de habitabilidad y seguridad.

 

alquiler de temporada

¿A qué tipos de alquiler aplica?

El registro no es solo para el alquiler vacacional, sino para cualquier alquiler de temporada o de corta duración que no sea vivienda habitual. Esto incluye:

  • Alquiler vacacional y turístico: Viviendas alquiladas por días o semanas a turistas.
  • Alquiler de temporada por motivos laborales: Viviendas para trabajadores desplazados.
  • Alquiler de temporada por estudios o tratamientos médicos: Arrendamientos de corta duración para estudiantes o pacientes.
  • Alquiler de habitaciones: Si se alquila una parte de la vivienda por periodos cortos.

Excluidos del registro: hoteles, apartahoteles, moteles, albergues, campings y aparcamientos para caravanas.

¿Quiénes deben registrarse?

El registro es obligatorio para todas las personas físicas o jurídicas que alquilen inmuebles o habitaciones de corta duración a través de plataformas en línea, ya sea de forma profesional o no.

¿Cómo obtener el número de registro?

Pasos para registrarse:

  1. Accede a la Sede Electrónica Registral.
  2. Rellena el formulario de solicitud con los datos del alojamiento.
  3. Adjunta la documentación requerida (referencia catastral, dirección exacta, tipo de alquiler, etc.).
  4. Paga la tasa de 27€.
  5. Recibe tu número único de arrendamiento.

Plazos y obligatoriedad

El registro está disponible desde el 2 de enero de 2025, pero será obligatorio a partir del 1 de julio de 2025. Sin este número, no se podrá alquilar legalmente a través de plataformas digitales como Airbnb, Booking o similares.

Más información

Consulta el documento oficial con todos los detalles: Guía del Registro Único de Arrendamientos.

Para cualquier duda, visita la Sede Electrónica Registral y realiza tu consulta.

Publicación realizada por ADAIX.

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