Alquiler Vacacional y de Temporada: Nuevas Normativas Obligatorias en 2025
A partir el 1 de julio de 2025, será obligatorio inscribirse en el Registro Único de Arrendamientos de Corta Duración para poder ofrecer cualquier tipo de alquiler vacacional o de temporada en España. Este sistema busca regular tanto el alquiler vacacional como el alquiler de temporada, garantizando seguridad jurídica y mayor transparencia en el sector.
¿Qué es el Registro Único de Arrendamientos de Corta Duración?
Se trata de un sistema obligatorio de inscripción para propietarios y gestores que alquilen propiedades por periodos cortos. Se creó para cumplir con el Reglamento (UE) 2024/1028, con el objetivo de:
- Evitar el alquiler ilegal y mejorar el control tributario.
- Proteger a los propietarios y arrendatarios mediante un marco regulador.
- Garantizar que las viviendas cumplen con los requisitos de habitabilidad y seguridad.
¿A qué tipos de alquiler aplica?
El registro no es solo para el alquiler vacacional, sino para cualquier alquiler de temporada o de corta duración que no sea vivienda habitual. Esto incluye:
- Alquiler vacacional y turístico: Viviendas alquiladas por días o semanas a turistas.
- Alquiler de temporada por motivos laborales: Viviendas para trabajadores desplazados.
- Alquiler de temporada por estudios o tratamientos médicos: Arrendamientos de corta duración para estudiantes o pacientes.
- Alquiler de habitaciones: Si se alquila una parte de la vivienda por periodos cortos.
Excluidos del registro: hoteles, apartahoteles, moteles, albergues, campings y aparcamientos para caravanas.
¿Quiénes deben registrarse?
El registro es obligatorio para todas las personas físicas o jurídicas que alquilen inmuebles o habitaciones de corta duración a través de plataformas en línea, ya sea de forma profesional o no.
¿Cómo obtener el número de registro?
Pasos para registrarse:
- Accede a la Sede Electrónica Registral.
- Rellena el formulario de solicitud con los datos del alojamiento.
- Adjunta la documentación requerida (referencia catastral, dirección exacta, tipo de alquiler, etc.).
- Paga la tasa de 27€.
- Recibe tu número único de arrendamiento.
Plazos y obligatoriedad
El registro está disponible desde el 2 de enero de 2025, pero será obligatorio a partir del 1 de julio de 2025. Sin este número, no se podrá alquilar legalmente a través de plataformas digitales como Airbnb, Booking o similares.
Más información
Consulta el documento oficial con todos los detalles: Guía del Registro Único de Arrendamientos.
Para cualquier duda, visita la Sede Electrónica Registral y realiza tu consulta.
Publicación realizada por ADAIX.