¿Quién debe hacer el certificado energético en una tasación hipotecaria?
¿Quién hace el certificado energetico en una tasación?

¿Quién debe hacer el certificado energético en una tasación hipotecaria?

El certificado energético es obligatorio en la venta de vivienda, pero ¿quién debe aportarlo cuando hay una tasación para hipoteca? Analizamos responsabilidades, normativa y efectos en la operación.

El certificado de eficiencia energética es un documento obligatorio en España cuando se vende o alquila una vivienda. Sin embargo, cuando la operación incluye una tasación hipotecaria, surgen dudas frecuentes: ¿es obligatorio para que el banco conceda la hipoteca? ¿Quién debe pagarlo? ¿Puede influir en el valor de tasación?

Obligatorio en Venta y alquiler de vivienda
Responsable El propietario del inmueble
Influencia Puede afectar a la valoración y atractivo

1. Qué es el certificado energético

El certificado de eficiencia energética es un documento oficial que califica un inmueble en función de su consumo energético y emisiones de CO₂. La calificación se expresa mediante letras que van desde la A (más eficiente) hasta la G (menos eficiente).

Este documento informa sobre el comportamiento energético del inmueble y propone mejoras para aumentar su eficiencia. Desde el punto de vista normativo, su objetivo es fomentar viviendas más sostenibles y transparentes para el comprador.

La obligación está regulada por normativa estatal en materia de eficiencia energética en edificios y debe estar disponible antes de formalizar la venta.

2. ¿Es obligatorio para tasar una vivienda?

La tasación hipotecaria es un informe técnico que realiza una sociedad homologada para determinar el valor del inmueble a efectos de garantía bancaria.

Aunque el certificado energético es obligatorio para vender, la tasación en sí misma puede realizarse aunque el certificado aún no esté registrado. Sin embargo, en la práctica, muchas entidades financieras exigen que toda la documentación esté en regla antes de formalizar la operación.

Por tanto, aunque técnicamente la tasación no depende exclusivamente del certificado energético, en una compraventa con hipoteca ambos procesos suelen ir de la mano.

3. ¿Quién debe aportar y pagar el certificado?

La responsabilidad legal de obtener el certificado energético recae en el propietario del inmueble. Es decir, quien vende la vivienda debe encargarlo a un técnico competente y asumir su coste.

No corresponde al comprador ni al banco. El certificado debe estar disponible para el comprador desde el momento en que la vivienda se comercializa.

Si el inmueble no dispone de certificado válido, la venta puede enfrentar sanciones administrativas.

4. ¿Influye en la tasación hipotecaria?

Directamente, el valor de tasación se basa en criterios como ubicación, superficie, estado de conservación y comparables de mercado. Sin embargo, la eficiencia energética puede influir indirectamente en el atractivo del inmueble.

Una vivienda con buena calificación energética puede:

  • Reducir costes de suministros.
  • Aumentar su valor percibido.
  • Facilitar su comercialización.

En un mercado cada vez más sensibilizado con la sostenibilidad, la eficiencia energética gana peso estratégico.

5. Proceso de obtención del certificado

El certificado debe ser emitido por un técnico habilitado (arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero competente).

  • Visita al inmueble.
  • Recopilación de datos técnicos.
  • Emisión del informe y etiqueta energética.
  • Registro en el organismo autonómico correspondiente.

Su validez es de 10 años, salvo reformas que alteren significativamente la eficiencia del inmueble.

6. Errores frecuentes en la compraventa

Uno de los errores habituales es iniciar la comercialización sin tener el certificado energético disponible. La normativa exige que la etiqueta figure incluso en anuncios.

Otro error frecuente es no verificar la vigencia del certificado. Si han pasado más de 10 años, debe renovarse.

También conviene entender que una mala calificación no impide vender, pero puede influir en la negociación.

7. Preguntas frecuentes

¿Puedo vender sin certificado energético?
No. Es obligatorio disponer de él antes de formalizar la venta.
¿El banco exige el certificado para conceder la hipoteca?
Generalmente sí, como parte de la documentación necesaria en la operación.
¿Cuánto cuesta obtenerlo?
El coste depende del tamaño del inmueble y del técnico, pero suele oscilar entre 80 y 200 euros en viviendas estándar.
¿Adaix puede ayudarme con la gestión?
Sí. En Adaix asesoramos en todo el proceso de venta, incluyendo la gestión de documentación obligatoria.

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La eficiencia energética no es solo un requisito legal: es un factor cada vez más relevante en la compraventa.

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