Depositar la fianza del alquiler en Asturias no es obligatorio
La Ley faculta a las Comunidades Autónomas a establecer la obligación de que los arrendadores de finca urbana depositen el importe de la fianza de la manera que establezcan. Todas las Comunidades Autónomas han regulado esta materia incluyendo la obligación de depósito, con la excepción de la Comunidad Foral de Navarra y el Principado de Asturias, que no exigen el depósito de la fianza.
En el principado de Asturias se suprime el depósito de fianzas por arrendamientos a través del decreto 48/2010, de 10 de junio:
Decreto 48/2010 de 10 de junio.
La Asociación de Inmobiliarias de Asturias (Asocias) no considera que la ley de arrendamiento vaya a influir en Asturias ni en el desarrollo de los alquileres ni en los precios de los mismos, porque señalan que lo que sigue pesando para el casero es «que el inquilino pague y cuide la casa»..
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