Depositar la fianza del alquiler en Murcia NO es obligatorio
No se debe depositar la fianza del alquiler en la comunidad de Murcia, No deben ingresarla en la caja de depósitos ni en ningún otro órgano de la Comunidad Autónoma, como se hacía anteriormente. Tan solo debe conservarla el propietario (en efectivo o en su propia cuenta corriente) para su devolución al inquilino cuando finalice el contrato de alquiler.
Desde el nuevo decreto modificado de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, de Vivienda de la Región de Murcia, que fue aprobada por Decreto-Ley 1/2021, de 6 de mayo (BORM de 10 de mayo de 2021). La modificación de la norma tiene efectos desde el 11 de mayo de 2021, por lo que se aplica a los contratos de alquiler iniciados después de esa fecha.
La modificación de la norma tiene efectos desde el 11 de mayo de 2021, por lo que se aplica a los contratos de alquiler iniciados después de esa fecha. Por esta razón, los interesados que hayan depositado alguna fianza por arrendamiento tras el 11 de mayo de 2021 deben solicitar su devolución a la Caja de Depósitos mediante el procedimiento nº 2774 CARM,
En cuanto a las fianzas depositadas por contratos de alquiler iniciados antes de esa fecha, se puede solicitar la devolución cuando finalice el contrato actualmente en vigor, solicitud que se presentará mediante el procedimiento 1674 de la sede electrónica tal como se venía haciendo. Estas devoluciones siguen siendo tramitadas y resueltas por la Dirección General de Vivienda y, posteriormente, abonadas por la Caja de Depósitos.